abril 28, 2023

El discurso de ingreso de José Ricardo Pardo Gato como numerario de la Real Academia Gallega de Jurisprudencia y Legislación, leído el 14 de abril de 2023 en la Solemne Sesión de Ingreso, y que fue contestado por el Presidente de la Academia Xacobea y numerario de dicha Real Academia, Jesús Palmou Lorenzo, versó sobre “El Camino de Santiago en la legislación gallega y la jurisprudencia”.

Además de destacar la importante legislación medieval que protegía al peregrino jacobeo, sin parangón alguno con cualquier otra normativa similar, tanto por alcance como por su extendida aplicación, José Ricardo Pardo Gato aborda en su estudio su posible conexión con la legislación y la jurisprudencia actual. Si antiguamente lo que se trataba de preservar era la figura del peregrino, desde mediados del siglo XX la legislación aprobada descansa sobre la protección del Camino propiamente dicho, tanto a nivel urbanístico, arquitectónico como en relación a su valor patrimonial e inmaterial.

Pardo Gato aboga, en este sentido, por volver la vista nuevamente hacia el peregrino, contemplándolo no como un ciudadano más, sino como una persona que se expone a ciertos riesgos y peligros que le deben otorgar una protección especial. Para ello, propone, por vez primera:

– La necesidad de un registro del peregrino desde que sale de destino hasta que regresa al lugar de partida, no equiparable a la simbólica Compostela actual, sino con un sentido de mayor seguridad jurídica. Un registro voluntario que le sirva para evitar problemas de pasaportes y tránsito internacional; para disponer de una garantía médica suficiente, independientemente del lugar donde se encuentre; para facilitar los trámites en caso de accidente o enfermedad, tanto para la atención y tratamiento in situ como para las labores de movimiento entre hospitales, territorios o países; igual cabe decir en el supuesto de acaecer el fallecimiento del peregrino durante su viaje, tanto para favorecer el traslado del cuerpo como para la comunicación del óbito a los familiares; asistencia psicológica o de apoyo afectivo, por cuanto hay peregrinos que sufren altibajos o baches emocionales a lo largo del Camino, momentos de depresión o decaimiento personal; y un registro que, por qué no, incluso pueda llegar a tener efectos en materia de Seguridad Social a nivel internacional.

– La creación de la figura del “Defensor del Peregrino”, a nivel estatal o, incluso, autonómico, bajo una estructura propia o bien formando parte del organigrama del actual Defensor del Pueblo, estatal o autonómico, en su caso. Una figura independiente que se encargaría de la defensa de los derechos e intereses de los peregrinos en su ámbito de actuación, ofreciendo respuesta o facilitando el apoyo necesario a sus demandas. Que debería tener interrelación con el Defensor del Pueblo Europeo, y con el resto de entidades e instituciones implicadas en la protección del peregrino y del Camino, facilitando, en lo posible, su coordinación y/o colaboración. Una institución que realizaría las acciones oportunas tendentes a llevar a buen puerto las consultas y demandas que recibiese de los peregrinos. Y que, en último término, daría cuenta anualmente de su gestión a las Cortes Generales o al Parlamento Gallego, en su caso.

– Unido, inexorablemente, a esta acción de rendición de la gestión, procede, asimismo, la creación de una Comisión en el Senado –o, en su caso, Subcomisión–, encargada, de manera específica, de proponer las iniciativas legislativas que tuvieran interés en relación con el Camino de Santiago y los peregrinos. Con ello, estaríamos ante un reconocimiento expreso del Camino y la peregrinación jacobea en el orden del poder legislativo español.

Se trata de tres, de entre las distintas aportaciones del citado discurso de ingreso de José Ricardo Pardo Gato, que constituyen, sin duda, una novedad y que, de ser consideradas cualquiera de ellas, situarían a Galicia y a España como pioneras en la materia a nivel internacional.